QUE ES LA MARCA:
La Marca es un Activo Intangible que, aunque carece de naturaleza material, tiene la capacidad de producir beneficios económicos para sus propietarios, y tiene un valor financiero propio independiente de otros activos de la Empresa.
Legalmente es una gestión por medio del cual una persona natural o jurídica, previo el lleno de una serie de requisitos legales, adquiere el derecho sobre este tipo de signos de manera exclusiva.
COMO SE ADQUIERE EL DERECHO:
· Se adquiere el derecho efectuando su registro en la entidad reguladora, según las normas de cada país.
· El sistema jurídico comunitario.
· Los acuerdos internacionales.
COMO ES EL PROCEDIMIENTO:
· Estudio de factibilidad (anexo)
· Búsqueda antecedentes- clasificación
· Solicitud
· Examen de forma
· Publicación
· Oposiciones
.....1) local
.....2) andina
· Decisión
· Recursos
· Asignación de numero de certificado.
DERECHOS QUE SE ADQUIEREN CON EL REGISTRO:
· Derecho de uso
· Impedir uso a terceros no autorizados.
OBLIGACIONES:
· Usarla
RENOVACION
· Duración Del Derecho (10 Años)
AFECTACIONES DEL DERECHO:
· Cambio De Nombre
· Cambio De Domicilio
· Transferencias
COMO SE PIERDE EL DERECHO DESPUES DEL REGISTRO:
1. POR CADUCIDAD
· Por No Renovar
· Por No Pago
2. CANCELACION
· Por Convertirse En Signo Común O Genérico
(pérdida de carácter distintivo)
3. NULIDAD (Normas legales).
POR QUE ES NECESARIO REGISTRAR LA MARCA:
· En las economías avanzadas los Intangibles están representando más de 60% del total de los Activos (USA, Japón). .
· El desarrollo de negocios basados en Intangibles (conocimiento), es una nueva barrera de entrada.
· Por el desarrollo cada día más amplio de acuerdos comerciales (TLC)
· Por el fortalecimiento financiero de empresas con visión más allá de las fronteras locales (la defensa de los mercados locales)
· Por la necesidad de proteger las inversiones en intangibles (la propiedad intelectual), y proteger los mercados locales.
· Por la necesidad de ampliar los índices de gestión más allá de los tradicionales (de mercado, financieros)
SISTEMAS LEGALES DE PROTECCION:
1. Sistema de Registro:
· Confiere derechos a partir de la concesión
· No exige el uso previo
· Tramite obligatorio para adquirir el derecho
2. Sistema de Depósito:
· No confiere derechos
· Inscripción: Notificar a Terceros
· El uso del signo es lo que determina la adquisición del derecho
· Tramite optativo : funciona como principio de prueba del uso
CAUSALES DE IRREGISTRABILIDAD:
ABSOLUTAS:
· Carezcan de fuerza distintivad
· Consistan en formas usuales
· Consistan exclusivamente en signos que describan características propias de los productos o servicios para los cuales se solicita el registro
· Consistan exclusivamente en un signo o indicación que corresponda al genérico del producto o servicio para el cual se solicita protección.
· Consistan en un color aisladamente considerado
· Sean engañosas .
RELATIVAS:
· Sean idénticas o se asemejen a una marca registrada anteriormente solicitada
· Sean idénticos o se asemejen a un nombre comercial
· Sean idénticos o se asemejen a un lema comercial
· Consistan en un signo que infrinja derechos de autor
· Consistan en el nombre de comunidades indígenas
· Consistan en la reproducción o imitación de marcas notoriamente conocida.
PARA HACER IMPACTO EN LA RETENCION DEL CLIENTE UNA MARCA DEBE:
· Tener en su corazón una promesa de marca completa con mensajes distintivos y estrategias.
· Ser cuidada para ser mantenida en el tiempo.
· Crecer el crear una única identidad en el mercado en todos los puntos de contacto con el clientes.
· Tener una implementaron en todas las áreas del negocio.
· La estructura corporativa entera debe entender y reforzar la marca después de su registro para que el éxito sea alcanzado.